La Verdad

miércoles, 26 de noviembre de 2008

La Tesorería Nacional retuvo los sueldos de 247 funcionarios

SANTO DOMINGO. La Tesorería Nacional retuvo el sueldo del mes de noviembre a 247 funcionarios públicos, que a la fecha no han hecho su declaración juradas de bienes, conforme lo establece la ley 82-79.

La medida se tomó en su mayoría contra Secretarios de Estado sin cartera, subsecretarios, directores generales, subdirectores y gobernadores, según informó ayer el tesorero nacional, Guaroa Guzmán.

El funcionario especificó que hasta el momento no se le detuvo del sueldo a ningún Secretario de Estado con cartera, debido a éstos ya realizaron su declaración de bienes.

Hasta el día de ayer habían presentado sus declaraciones unos mil 330 funcionarios, según se informó. Sin embargo, no se ofrecieron los nombres de quienes han declarado, ni tampoco de a quiénes no se le realizó el pago correspondiente a este mes.

Guaroa Guzmán explicó que tan pronto como las personas que fueron afectadas con la medida acudan a la Tesorería y presenten sus declaraciones le será levantada la retención y se le tramitará el pago de manera inmediata.

En la entidad se informó, además, que varios de los funcionarios que fueron afectados por la medida han acudido, documentación en manos, hacia la Tesorería. Por lo menos once personas han llegado entre lunes y martes a declarar sus bienes.

La medida contra los funcionarios se tomó atendiendo una disposición del secretario de la Presidencia, César Pina Toribio, que en octubre pasado envió una comunicación al tesorero nacional para que no le pagaran a los funcionarios públicos que no hayan hecho sus declaraciones conforme dicta la ley.

Pero la retención no se puedo hacer de inmediato, porque como explicó Guzmán para entonces, se requería idear un procedimiento, ya que los sueldos llegaban en partidas globales a las instituciones. "Hemos elaborado todo un procedimiento de identificación de estos funcionarios para poder suspenderles los pagos, pero sólo a los de las instituciones del gobierno central, a quienes nosotros le pagamos directamente", agregó el subtesorero Conrado Peguero.

Explicó que en el caso de las instituciones descentralizadas y autónomas, la responsabilidad de retener el pago le corresponde a los funcionarios titulares de esas dependencias.

Según establece el artículo 2 de la Ley 82-79, todos los funcionarios públicos deben hacer sus declaraciones juradas al momento de asumir sus cargos y al momento de abandonarlos. La disposición, que incluye también a quienes son ratificados en sus cargos, debe hacer efectiva a más tardar a los 30 días de haber iniciado o finalizado el cargo.

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