Juez otorga 60 días prorrogables a Vivian Lubrano para recuperarse antes de ir a Najayo
SAN CRISTÓBAL, República Dominicana.- El juez de Ejecución de la Pena Francisco Mejía Angomás rechazó este miércoles otorgar el beneficio de prisión domiciliaria a la ex vicepresidenta del Baninter, Vivian Lubrano, y le dio un plazo prorrogable de 60 días para que continúe su recuperación en una clínica privada antes de ser recluida en la cárcel de Najayo.
“Se ordena la regularización del ingreso en el centro de medicina avanzada Abel González o en cualquier otro centro de la jurisdicción del Distrito Nacional de la especialidad que requieran las dolencias o la enfermedad que padece la condenada, bajo estrictas medidas de seguridad”, indicó el juez en la sentencia.
El magistrado Mejía Angomás rechazó las conclusiones propuestas tanto por los abogados de la defensa como por el Ministerio Público, respecto al cambio de modalidad en el cumplimiento de la pena solicitado por Lubrano de Castillo, por considerarlas improcedentes, carentes de base legal, y porque no fue demostrado que ex banquera padece de alguna enfermedad terminal o de demencia.
“Rechazar las conclusiones propuestas tanto por el abogado de la defensa como del representante del Ministerio Público, en solicitud al cambio de modalidad en el cumplimiento de la pena interpuesta por Lubrano de Castillo, por improcedente, así como por carecer la misma de base legal, en razón de que en el presente proceso no ha sido demostrado que la condenada padezca de alguna enfermedad terminal o de demencia, aunque se ha establecido que la mismo está afectada de dolencias en su estado de salud, aunque no en los términos que se alega”.
Al término del periodo de 60 días, que vence el 20 de diciembre, el plazo podrá ser ampliado, “de acuerdo con el deterioro real de la salud” de Lubrano, según explica el fallo de Mejía Angomás.
Para ello, el magistrado determinó que el estado de salud de la ex banquera deberá ser comprobado por los médicos.
Pero de la misma manera que el plazo de 60 días puede ser ampliado, según lo determinen los médicos, también podrá reducirse, si los galenos determinan que la salud de la reclusa ha mejorado.
“Se debe disponer que el juez de la ejecución de la pena supervise e informe todo lo relativo a la evolución del problema de salud de la condenada para que al momento de que mejore su estado de salud y sea dada de alta, luego de vencido el plazo establecido, ésta sea confirmada a cumplir la pena que le fue impuesta, en el penal que dispusiera el tribunal sentenciador”, subrayó Mejía Angomás.
El fallo de Angomás fue leído ante la ausencia de Lubrano, quien a diferencia de otras audiencias, sólo fue representada por sus abogados.
La barra de la defensa de Lubrano indicó que, como se trataba de la lectura del fallo, no era indispensable la presencia de la ex banquera, quien permanece internada en la clínica Abel González.
En la audiencia también estuvieron presentes el esposo de Lubrano y sus tres hijos.
Lubrano solicitó el beneficio de prisión domiciliaria al considerar que su salud, calificada como una “bomba de tiempo” por su médico Héctor Guerrera Heredia, le impide cumplir la pena de prisión en la cárcel de mujeres de Najayo.
La ex vicepresidenta del Baninter fue condenada a cinco años de prisión por su participación en el fraude de más de 55 mil millones de pesos en el desaparecido banco.
Etiquetas: Justicia
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